Que con fecha 2 de septiembre de 2008 se aprobó inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento el Reglamento del Registro de Entidades de Interés Municipal.
Que habiendo transcurrido el plazo sin haber presentado alegaciones y/o sugerencias dicho acuerdo se entiende definitivamente aprobado.
Por todo ello y en virtud del artículo 70.2 en relación con el artículo 65 de la Ley 7/1985 se procede a la publicación del texto íntegro del Reglamento que entrará en vigor a los 15 días de la misma.
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