El juez ordena en la sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, la demolición de dicha edificación ilegal y la «reposición del terreno a su estado originario a cargo del condenado», quien deberá pagar además una multa de 3.600 euros.
El titular del Juzgado de lo Penal 3, Santiago Luis Hoyos, considera plenamente probado que el promotor, Vicente Manuel B.C., natural de Sant Joan d'Alacant y de 53 años, incurrió en un delito contra la ordenación del territorio al construirse a finales del 2005 un chalé en una parcela de la partida El Torronero de Benifato.
El procesado «no se dirigió en ningún momento al Ayuntamiento para promover expediente administrativo de obra ni para solicitar autorización» de la misma, señala el juez.
Rara vez un delito urbanístico de esta naturaleza llega a un juzgado puesto que, tal y como se recoge en el propio fallo, «en el campo de la regulación punitiva de la ordenación del territorio el Derecho Penal es siempre última ratio». Es decir, la Administración «dispone de una nutrida panoplia de instrumentos de prevención y de sanción», sin necesidad de recurrir a la prisión.
No obstante, en el presente caso, la vivienda no era susceptible de legalización al estar ubicada «sobre suelo clasificado como no urbanizable y protegido».
Así lo comunicaron en varios informes tanto el Ayuntamiento de Benifato como la Diputación.
Como muchos otros en la provincia, el municipio carece de Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), por lo que todo su término, a excepción del núcleo urbano, es no urbanizable en virtud de una disposición transitoria de la Ley 10/2004 de la Generalitat.
Además, según el titular del Penal 3, la especial protección de este terreno está más que justificada por su «riqueza paisajística». Así lo atestiguó un agente del Seprona de la Guardia Civil que compareció en el juicio, celebrado hace unas semanas.
Por último, el juez rechaza que el promotor desconociera la prohibición de construir en ese lugar y califica su acción de «dolosa».
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